Baja de paternidad para autónomos

¿Estás a punto de ser padre y no sabes cómo funciona la baja por paternidad?, ¿si soy autónomo puedo acogerme a la baja por paternidad?, ¿cómo puedo solicitar la prestación por paternidad?, ¿siendo autónomo puedo coger la baja por paternidad?, etc. Seguro que si estás a punto de ser padre te surgen muchas dudas como estas, no te preocupes que vamos a dedicar un post entero a ahondar en este tema.

En el anterior post ya hablamos sobre la prestación por maternidad.

¿Preparado?, vamos a ello.

En qué consiste la baja por paternidad

Se trata de un derecho del que pueden disfrutar aquellos padres autónomos que hayan tenido un hijo/a o lo hayan adoptado y en caso de acogimiento.

Consiste en un periodo de descanso junto con una prestación económica.

La duración del descanso y prestación es de 13 días naturales ininterrumpidos (actualizado Marzo de 2017) 4 semanas a contar desde el nacimiento del hijo/a, ampliable a 2 días por cada hijo/a a partir del segundo y de 20 días en caso de familia numerosa.

Se disfruta en igualdad de condiciones que los trabajadores por cuenta ajena, con la particularidad de que se puede solicitar el descanso por paternidad en régimen de jornada parcial al 50%. Lo que conllevaría una disminución del 50% en el importe de la prestación.

Para realizar la solicitud tendrás que entregar este documento: Solicitud de prestación por paternidad con jornada parcial

Plazo de solicitud y documentación necesaria

Se solicitará en los 15 días siguientes al parto y tendrás que gestionarlo en el INSS (Instituto Nacional de Seguridad Social).

Tendrás que entregar la siguiente documentación en el momento de realizar la solicitud:

  • DNI o pasaporte y NIE.
  • Libro de familia o certificación de inscripción del hijo/a en el Registro Civil.
  • Hoja de solicitud.
  • Declaración de situación de actividad indicando si se deja a alguien a cargo del negocio, se cesa temporalmente (tiempo que dure la prestación) o cese definitivo. Formulario de situación de actividad
  • En determinados casos te podrán exigir documentación complementaria.

Prestación económica

Percibirás el 100% de la base reguladora, por ejemplo, si pagas la cuota mínima de autónomos, tu prestación por paternidad será de 893,10 € (en 2016) mensuales. Ten en cuenta que este importe habrá que prorratearlo según el número de días que te correspondan en concepto de baja por paternidad.

Requisitos

  1. Estar dado de alta en una actividad en Hacienda así como de autónomos en la Seguridad Social.
  2. Estar al corriente de pago de las cuotas de autónomao.
  3. Período mínimo de cotización: menores de 21 años no tienen mínimo de días cotizados, entre 21 y 26 años al menos 90 días en los últimos 7 años o 180 días en toda su vida y mayores de 26 años, al menos 180 días en los últimos 7 años o 360 días en toda su vida.

Como siempre, para cualquier consulta no dudéis en contactar mediante Teléfono en el 944 474 072 o por email en info@gesfiser.es

Estaremos encantados de poder resolver vuestras dudas.

Para más información podéis visitarnos en www.gesfiser.es

Fuente | Web del Departamento de Hacienda y Finanzas de Bizkaia

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