¿Vas a emprender un negocio propio en Bizkaia? ¿O se te ha presentado la posibilidad de ganar un dinero extra en tu tiempo libre, además de tu trabajo principal? Entonces lo más probable es que una de las preguntas que te hagas es si puedes facturar sin ser autónomo. Es una duda que tiene mucha gente en tu misma situación pero no tienes por qué preocuparte. En Gesfiser Ibr te vamos a aclarar todas las dudas.
¿Se puede facturar sin ser autónomo?
La ley es ambigua en este aspecto. Y lo es tanto para Bizkaia como para el resto del País Vasco o del territorio español porque la normativa es estatal. Aún así, vamos a ser lo más directos posibles para que hagas los trámites legales necesarios para facturar y evitar cualquier sanción.
Lo primero que debes saber es que la cuota general que se paga como autónomo a la Seguridad Social es de 278,87 euros mensuales. Además es una cuota fija, ya que no varía según los ingresos mensuales que se perciba. Al tratarse de una cantidad importante, son muchos los trabajadores por cuenta propia que se preguntan si vale la pena darse de alta como autónomo para poder facturar. Y la respuesta es que sí porque, independientemente de lo que recomienden muchos portales de Internet, hacerlo no es legal.
La normativa vigente obliga a estar dado de alta para facturar cualquier trabajo. ¿Que existen vacíos legales que permiten facturar sin ser autónomo? Sin duda, pero hay que tener en cuenta que este tipo de acciones son arriesgadas y que existe la posibilidad de que te descubran o de que te denuncien. Esto puede acarrearte importantes sanciones por estar trabajando “en negro”, lo cual es ilegal incluso si lo haces desde casa. Además los trámites para darse de alta como autónomo en Bizkaia son muy sencillos por lo que lo podrás hacer fácilmente.
¿Cuál es el límite para facturar sin ser autónomo?
Para poder facturar sin ser autónomo y que sea legal ten en cuenta que es necesario que se cumplan las siguientes condiciones al mismo tiempo:
- Que la actividad que realices no sea habitual, sino ocasional o complementaria, lo cual implica que la misma no sea tu medio de vida. Si la actividad que realizas por cuenta propia la haces una vez a la semana o una vez al mes, ya se la considera habitual.
- Que los ingresos por esta actividad sean menores al Salario Mínimo Interprofesional (12.600 euros anuales en 2019). Cabe destacar que si facturas mensualmente y con la misma cantidad, aunque estés por debajo del ingreso mínimo, se considerará que estás realizando una actividad habitual y correrás riesgo de sanciones. Por lo tanto lo recomendable en estos casos es que te des de alta como autónomo.
Es decir, si emites una factura pero cumples ambas condiciones estarás dentro de la legalidad y podrás hacerlo sin darte de alta en autónomos. En caso contrario, será ilegal.
¿Cómo facturar sin ser autónomo?
Si tu actividad no es recurrente y los ingresos están por debajo del salario mínimo interprofesional, para poder emitir una factura legal sin ser autónomo en Bizkaia debes darte de alta primero en las diferentes oficinas de la Hacienda Foral de Bizkaia. Debes hacerlo concretamente en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Para ello, deberás cumplimentar el modelo del alta censal, es decir, el Modelo 036.
Una vez hecho esto tendrás las mismas obligaciones fiscales que un autónomo. Así que deberás presentar la declaración trimestral, los resúmenes anuales y liquidar el IVA y el IRPF. No cumplir con estas obligaciones, te acarreará multas incluso mayores que la cuota que tendrías que pagar como autónomo.
Lo más aconsejable para evitar que te obliguen a pagar las cuotas mensuales pendientes desde que empezaste a ejercer la actividad (con un recargo del 20% más los intereses y sin la posibilidad de acogerte a ninguna bonificación) es que te des de alta como autónomo tanto en la Hacienda Foral correspondiente, como en el Régimen especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA).
Es importante que tengas claro que si decides hacerte autónomo podrás acogerte a la tarifa plana de la Seguridad Social fijada en 50 euros durante el primer año con un incremento progresivo hasta llegar a los 275 euros al mes.
Otra información que debes tener en cuenta es que desde el 2017, facturar a través de las cooperativas ya no es una opción segura, ya que desde la Inspección de Trabajo han cerrado una buena parte de las llamadas cooperativas de facturación por realizar facturas y evitar el pago de los gastos de autónomo. Lamentablemente esto también aplica en Bizkaia.
¿Tienes más dudas sobre cómo facturar sin ser autónomo? No pasa nada. En Gesfiser Ibr contamos con asesoría para autónomos en toda Bizkaia tanto en el área contable como laboral y fiscal. Así que contáctanos, que estaremos encantados de orientarte.