Declaración Renta 2014 (VI) Quién tiene que presentar su Renta en Bizkaia

Continuando con la serie de artículos sobre la Declaración de la Renta del año 2014 en Bizkaia, ahora, vamos a ver quiénes tienen que presentar su Renta en Bizkaia, pero antes un resumen de lo que hemos analizado hasta ahora:

Llegados hasta aquí, nos queda examinar una de las cuestiones que más inquietud causa a la hora de concretar dónde tenéis que presentar vuestra Declaración de la Renta.

¿Quién está obligado a presentar su Declaración de la Renta en la Diputación Foral de Bizkaia (Hacienda Bizkaia)?

Vamos en orden:

  1. Aquellas personas que tengan su residencia habitual en Bizkaia.
  2. Aquellas personas residentes en el Estado español que permaneciendo en el País Vasco más días del período impositivo, el número de días que ha permanecido en Bizkaia durante el año 2014 ha sido superior al que ha permanecido en cada uno de los otros dos Territorios Históricos. Para determinar este periodo de permanencia tenéis que tener en cuenta que computan las ausencias temporales. Vamos a ver un ejemplo para verlo más claro:
    • Una persona que ha estado residiendo del 1/1/2014 al 1/09/2014 en Bilbao y del 1/09/2014 hasta el 31/12/2014 en Castro, así mismo, todos los fines de semana y en sus vacaciones de junio estuvo residiendo también en Castro. ¿Dónde tributará en 2014 y por consiguiente presentará su Declaración de la Renta de 2014? Como en el año 2014 ha permanecido en Bizkaia (en concreto en la localidad de Bilbao) durante 8 meses y dado que los fines de semana y vacaciones se consideran ausencias temporales, por tanto, tendrá que presentar su Declaración de la Renta en Bizkaia.
  3. Las ausencias por residencia en el extranjero se considerarán ausencias temporales salvo que acrediten su condición de residentes fiscales en otro país (tienen que tener la carta de residencia en dicho país). Se deben tener en cuenta en todo caso lo dispuesto en los convenios de doble imposición si los hubiera.
  4. Cuando los contribuyentes integrados en una unidad familiar tuvieran su residencia habitual en territorios distintos y optasen por la tributación conjunta tributarán a la Diputación Foral de Bizkaia cuando tenga su residencia habitual en este territorio el miembro de la unidad familiar con mayor base liquidable. Si alguno de ellos es no residente fiscal en el estado español no pueden optar a la tributación conjunta.

Como podéis observar, la principal característica que tenéis que tener en cuenta es que vuestra residencia habitual esté Bizkaia y haber permanecido más tiempo en Bizkaia que en cualquiera de los otros Territorios Históricos.

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Fuente | Web del Departamento de Hacienda y Finanzas de Bizkaia
 

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